El Congreso de Chihuahua envió iniciativa de decreto para reformar y adicionar varias disposiciones de la Ley de Migración, con la finalidad de tipificar y sancionar a quienes, abusando de la situación de vulnerabilidad de las personas migrantes, se vean involucrados en su captación por medio del uso de medios tradicionales y electrónicos

Con la adecuación planteada, se busca evitar el tráfico de una o más personas para internarse en otro país sin la documentación correspondiente, con el objeto de obtener directa o indirectamente un lucro; refirió la presidente de la comisión legislativa de Asuntos Fronterizos y Atención a Migrantes.

En este sentido se propuso adicionar el artículo 159 Bis. A la Ley referida, en donde se establezca: “se impondrá pena de dos a cuatro años de prisión y cinco mil días de multa, a quien, mediante la utilización de medios tradicionales o electrónicos, realice actos de publicidad o propaganda, con el propósito de tráfico a una o más personas para internarse en otro país sin la documentación correspondiente, con el objeto de obtener directa o indirectamente un lucro”.

Es de recordar que, se aumentarán hasta en una mitad las penas previstas, cuando las conductas descritas en los mismos se realicen respecto de niñas, niños y adolescentes o cuando se induzca, procure, facilite u obligue a un niño, niña o adolescente o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a realizar cualquiera de las conductas descritas en los artículos anteriores

Dichas propuestas se realizan en aras de contribuir a la creación de herramientas que permitan generar un ambiente de seguridad para migrantes, para lo cual se requiere de la colaboración de todas las autoridades involucradas en la atención del fenómeno migratorio.