Chihuahua, Chih.- La Alerta Amber es un famoso mecanismo de búsqueda de personas desaparecidas, sin embargo en ocasiones es confundido con las acciones que realiza la policía local, ya sea municipal o estatal.

La Alerta Amber, es un mecanismo que tiene por objetivo establecer las acciones para la búsqueda y pronta recuperación de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en riesgo inminente de sufrir daño grave a su integridad personal, por motivo de no localización o cualquier circunstancia donde se presuma la comisión de algún ilícito, ocurrido en territorio nacional.

Funciona a través de la difusión masiva e inmediata de un formato único de Datos con fotografía, en todos los medios de comunicación disponibles, para lo cual el Gobierno de la República puede activar una alerta nacional o internacional, o en su caso, coordinar la activación de una alerta estatal, con la participación de todos los órdenes de gobierno, sociedad civil, medios de comunicación, empresas y todos aquellos sectores que deseen colaborar para sumar esfuerzos y potenciar la búsqueda y localización.

La PGR a través de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), evalúa, analiza y en su caso, realiza la activación.

En este esfuerzo, participan la Secretaría de Gobernación (SEGOB [Comisión Nacional de Seguridad CNS, Instituto Nacional de Migración INM]), la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), quienes integran el Comité Nacional de Alerta AMBER México.

También participan la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), SEP, la Secretaría de Salud (SS), la Secretaría de Turismo (SECTUR) y el Sistema Nacional para el DIF.

Una vez que se recibe el reporte de no localización de una niña, niño o adolescente el o la enlace de Alerta AMBER en la entidad federativa correspondiente, valora la procedencia para la activación de una alerta de acuerdo a :

  1. Que la niña, niño o adolescente sea menor de 18 años.
  2. Que se encuentra en riesgo inminente de sufrir daño grave a su integridad personal.

c Que exista información suficiente: nombre, edad, sexo, características físicas, señas particulares, padecimientos, discapacidades, vestimenta que portaba al momento de la ausencia, así como la descripción de las circunstancias de los hechos, las personas y vehículos involucrados, la última vez que fue vista y alguna otra información que se considere relevante.

Es importante recalcar que la alerta es independiente a la investigación y demás mecanismos que implementan las autoridades para localizar y recuperar lo más pronto posible a las niñas, niños y adolescentes, por lo tanto, el hecho de que no proceda la activación de una alerta, no significa que no se lleve a cabo una investigación o que no se realicen acciones para la pronta localización de las niñas, niños y adolescentes.

En caso de la desaparición de un menor de edad, se deberá llama al número 01 800 00 854 00 con cobertura nacional las 24 horas de los 365 días del año; es fundamental realizar el reporte correspondiente al 911 o a los números de la policía municipal o estatal.

Fernando Reyes